Permisos de Funcionamiento
El Decreto Ejecutivo Nro. 623 de fecha 21 de diciembre de 2018 señala: “El Ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público, a través de las Intendencias Generales de Policía, otorgará el permiso de funcionamiento de los locales y establecimientos donde se prestan servicios de alojamiento a huéspedes, permanentes o transeúntes, restaurantes, o en general lugares donde se consuman alimentos y/o bebidas alcohólicas, que no estén regulados por la Ley de Turismo y su reglamento.”
IMPORTANTE
Manuales de usuario para la utilización de la plataforma Web en la cual usted podrá tramitar su Permiso de Funcionamiento:
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- Obtención de cuenta de usuario para permiso de funcionamiento.
- Registro de establecimiento y obtención del permiso de funcionamiento.
Mas información
E-mail: permiso.funcionamiento@ministeriodelinterior.gob.ec